RESICO: el nuevo régimen que busca simplificar el pago de impuestos

Se prevén tasas mínimas de 1% hasta el 2.50% de ISR

 

¿De qué trata y para quiénes va dirigido?

En el Paquete Económico 2022 se presentó el nuevo régimen tributario bautizado como Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que busca incrementar el número de contribuyentes facilitando el pago de impuestos para trabajadores y empresarios que actualmente se encuentran en la informalidad.

 

El principal beneficio de este nuevo régimen es la fuerte disminución del porcentaje que el contribuyente debe pagar por el Impuesto Sobre la Renta (ISR), que anteriormente variaba del 1.9% hasta llegar al 35%, y que con RESICO se pagaría únicamente entre el 1% hasta el 2.5% dependiendo del nivel de ingresos. 

 

Para personas físicas se instauraron tasas progresivas para el pago del ISR, así que para los que tengan ingresos de hasta 300 mil pesos la tasa de ISR será del 1%; hasta 600 mil del 1.1%; hasta 1 millón, del 1.5%; hasta 2.5 millones del 2.0%; y hasta 3.5 millones del 2.5 %.

Mientras que  para personas morales la tasa será del 30%, pero sobre ingreso efectivamente cobrado y no sobre facturación como actualmente sucedía.

¿Cómo puedo tributar bajo este esquema?

Con la creación del Régimen Simplificado de Confianza, se sustituirá al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Para los nuevos emprendedores RESICO será la única opción para tributar en este esquema, mientras que para quienes ya operaban antes de la reforma fiscal para 2022 tienen la posibilidad de permanecer con las mismas obligaciones y forma de pago de impuestos que mantenían en RIF, siempre y cuando presenten un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT, a más tardar el 31 de enero de 2022. De lo contrario, la autoridad actualizará de manera automática  para que tributen en el RESICO.

 

Mientras que para aquellas personas físicas que busquen migrar al RESICO, podrán presentar el aviso para tributar a través del nuevo régimen. En el caso de personas morales que tributen en el Régimen General de personas morales o en el Régimen de Flujo de Efectivo de personas morales, deberán inscribirse al RESICO y presentan a más tardar el 31 de enero de 2022 un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT.

 

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Referencias

Nuñez, B., Franco, G., Campoamor, A. & Chávez, E.,  (2021). “Régimen simplificado de confianza: personas físicas/ personas morales”. PODECON. Recuperado de https://www.prodecon.gob.mx/Documentos/bannerPrincipal/2021/libro_regimen.pdf

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